- El Gobierno aprueba modificaciones en la
normativa sobre la contratación en el sector
lácteo para favorecer el cumplimiento de la ley
de la cadena - Las modificaciones en materia de condiciones de contratación,
organizaciones de productores e interprofesionales están
dirigidas a evitar la destrucción de valor en la cadena láctea
ante incrementos excepcionales de los costes de producción. - Los productores con contrato fijo por más se seis meses de
duración podrán solicitar la revisión del mismo cuando se
demuestre un incremento de costes de producción que cause
que el precio que cobran por la leche entregada sea inferior a
éstos.
El Consejo de Ministros ha aprobado ayer un real
decreto por el que se modifica el Real Decreto 95/2019, de 1 de marzo, en el
que se establecen las condiciones de contratación en el sector lácteo y se
regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y de las
organizaciones interprofesionales en el sector, y que tiene como objetivo
garantizar el cumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria para que en
cada operación de compra y venta entre los distintos eslabones se repercutan
los costes de producción.
El sector lácteo es un sector estratégico en nuestro país, fuertemente
sometido a las volatilidades de los mercados y con dificultades manifiestas
para trasladar los incrementos de costes a lo largo de la cadena.
En los últimos meses, el incremento sostenido de los costes de producción
compromete la viabilidad de la producción láctea, situación que se ha
agravado tras la invasión rusa de Ucrania y que ha llevado al Gobierno a
adoptar medidas de apoyo urgentes mediante el Real Decreto Decreto-ley
6/2022, de 29 de marzo que establece una ayuda nacional directa a los
productores de leche por un montante global de 169 millones de euros.
Por otro lado, la reciente modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria,
que entró en vigor el pasado 16 de diciembre, busca lograr unas relaciones
comerciales más justas, equilibradas y transparentes. Para ello introduce,
entre otros aspectos, la prohibición de la destrucción de valor a lo largo de la
cadena, por lo que cada operador debe pagar al eslabón anterior un precio
igual o superior al coste asumido.
Con esta reforma legal, y teniendo en cuenta las dificultades particulares del
sector lácteo, resulta necesario introducir cambios en la normativa que
actualmente regula la contratación láctea para garantizar que esta premisa se
cumpla en todas las circunstancias de las relaciones contractuales.
Por ello, entre las principales novedades que se recogen en el real decreto
aprobado hoy se incluye la posibilidad de que los productores con contratos
suscritos a precio fijo que tengan una duración superior a seis meses soliciten
una nueva oferta de contrato. Esta revisión podrá solicitarse en los casos en
los que se demuestre que durante al menos tres meses durante el periodo de
vigencia del contrato se haya producido un incremento sostenido y
continuado de los costes de producción que provoque que los productores
acaben percibiendo un precio por la leche entregada inferior a éstos.
Además, se introducen otra serie de modificaciones que pretenden mejorar
tanto el poder negociador del productor como las relaciones contractuales
establecidas. Así, se disminuyen los umbrales productivos necesarios para
constituir una Organización de Productores, tanto en la leche de vacuno como
de caprino, ya que la experiencia adquirida desde la publicación de la norma
ha demostrado que un tamaño excesivo para constituir estas organizaciones
puede generar dificultades en la gestión y en la eficacia de las mismas.
La publicación de este Real Decreto mejorará, por tanto, las relaciones
contractuales en el sector lácteo y el equilibrio de la cadena de valor evitando
la destrucción de valor a lo largo de la misma.