El lunes 4 de abril se publicó en BOJA la ampliación del Decreto de Sequía (se adjunta), incluye además otras medidas urgentes de apoyo al sector agrario y pesquero.
Las zonas que actualmente tienen sequía declarada son: Cuevas del Almanzora, Benínar, Viñuela-Axarquía, Guadalhorce-Limonero, Campo de Gibraltar y Barbate. Las medidas de obras de emergencia, exención de cánones y la explotación excepcional de recursos subterráneos y no convencionales, solo serán de aplicación en estas zonas o en otras que se declaren mientras se encuentre en vigor el Decreto.
Exención del canon y tarifa de utilización de agua:
Se exonerará el pago del canon y la tarifa de utilización de agua de 2022 a aquellos titulares de concesiones que hayan dispuesto de un volumen de agua igual o inferior al 50% del normal*.
*”normal” será, para el cobro por volumen, la media suministrada en 2018 y 2019. Para el cobro por superficie, será la media del volumen suministrado al conjunto del sistema de explotación en 2018 y 2019. Para ríos no regulados, será la media del volumen suministrado para regadío en el conjunto del sistema en 2018 y 2019.
-Pueden aplazarse durante un año o fraccionarse en dos años las deudas de liquidación de canon y tarifa que sean notificadas desde hoy hasta el 31 de diciembre de 2022, de cualquier periodo impositivo, sin que se exijan garantías ni intereses de demora.
Exención de tasas: desde hoy hasta el 31 de diciembre de 2022
–Tasa de laboratorio para que titulares de explotaciones que pertenezcan a una ADS (desde el día de la entrada en vigor del decreto y hasta el día 31 de diciembre de 2022.)
–Servicios facultativos veterinarios, (certificado para movimiento de animales vivos o la inscripción en REGA)
–Servicios facultativos agronómicos (expedición del certificado fitosanitario de exportaciones, la autorización de replantación de viñedos, la inscripción en el Registro oficial de operadores de medios de defensa fitosanitarios, incluido el carné de aplicador de fitosanitarios; y la inscripción y renovación de viveros y productores de vegetales.)
– Trámites de Autorización Ambiental Unificado o Integrada.
Ayudas a la ganadería
– Se subvencionará (a través de la línea 5.2. del PDR) la adquisición de balsas, cubas de agua y construcción de abrevaderos hasta un 80%, 40.000€ máx. por beneficiario, se prioriza ganadería extensiva (presupuesto total de la línea 2M€. A LA ESPERA DE CONVOCATORIA, SE TRAMITARÁ MEDIANTE ENTIDADES HABILITADAS.
Modificación de la Orden de 2 de julio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por sequía, acogidas al régimen de mínimis. A LA ESPERA DE CONVOCATORIA, SE TRAMITARÁ MEDIANTE ENTIDADES HABILITADAS.
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