Jaén, 23 de mayo de 2022. Un auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, fechado en este mes de mayo, anula una sanción impuesta en nombre de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) por estar tramitada por TRAGSATEC.
La sentencia pone de manifiesto que “todas las actuaciones llevadas a cabo por personal ajeno a la Administración, al Organismo de Cuenca, es nulo de pleno derecho y, por derivación, lo son las resoluciones que se dictan”.
El auto se refiere a un recurso contencioso-administrativo, defendido por el despacho especialista en Derecho de Aguas y Medio Ambiente, FMJ Abogados, titularidad de Fernando Márquez, que colabora con COAG Jaén, e interpuesto contra la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG).
Se refiere a una sanción impuesta en el año 2019 a un agricultor, y que fue tramitada por la empresa pública TRAGSATEC en nombre de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG).
Jurisprudencia
Este recurso se basa en varias sentencias anteriores del Tribunal Supremo en las que se anulan los procedimientos sancionadores impuestos por la empresa pública TRAGSA en nombre, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Y con ella se confirma que al igual que el Tribunal Supremo declara nula la capacidad de la empresa pública TRAGSA para imponer sanciones en nombre de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
El TSJA declara nula la sanción impuestas por TRAGSATEC en nombre del organismo de cuenca del Guadalquivir.
Repercusiones
Un auto que tiene consecuencias a todos los niveles y en todas las administraciones, aplicados a expedientes sancionadores de la naturaleza que sea, siempre que no los lleve a cabo un funcionario público.
Según explica Fernando Márquez, a partir de esta sentencia todos los expedientes que se tramiten, estén en tramitación, e incluso que se hayan tramitado ya por medio de TRAGSATEC, que son el 90 %, pueden ser recusados.